ECHEVARRIA PESSI, MARIA CAMILA c/ BANCO MACRO S.A. s/DESPIDO
La actora promovió demanda por diferencias salariales e indemnizatorias derivadas de su despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y condenó a la empleadora a abonar las diferencias reclamadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora, María Camila Echevarría Pessi, demandó a Banco Macro SA por diferencias salariales e indemnizatorias derivadas de su despido.
- La Cámara resolvió:
- Considerar que el pago del plan de medicina prepaga y la provisión de telefonía celular por parte de la empleadora tienen carácter remunerativo, debiendo ser incluidos en el cálculo de las indemnizaciones.
- Declarar inconstitucional la cláusula convencional que consideraba "no remunerativas" ciertas asignaciones, ordenando incluirlas en el cálculo salarial.
- Condenar a la empleadora a abonar las diferencias salariales e indemnizatorias correspondientes, incluyendo sanciones por incumplimiento.
- Los fundamentos principales fueron:
- La provisión de medicina prepaga y telefonía celular constituyen beneficios patrimoniales que integran la remuneración.
- Las cláusulas convencionales que califican ciertos conceptos como "no remunerativos" son inconstitucionales, debiendo considerarse salario.
- Las actuaciones administrativas previas interrumpen la prescripción, no la suspenden, por lo que no corresponde considerar prescriptas las diferencias por conceptos de 2017.
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