INTERNICOLA, MIGUEL VICENTE c/ EN-AFIP-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
El actor jubilado cuestionó la constitucionalidad del impuesto a las ganancias sobre sus haberes previsionales. La Cámara Contencioso Administrativa confirmó la inconstitucionalidad pero modificó el alcance del reintegro y los intereses.
¿Quién es el actor?
Miguel Vicente Internicola
¿A quién se demanda?
Estado Nacional
- Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declarar la inconstitucionalidad de los artículos de la ley de impuesto a las ganancias que gravan los haberes previsionales y obtener el reintegro de las sumas retenidas.
¿Qué se resolvió?
- Se confirma la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 23, 79, 81 y 90 de la ley 20.628 que gravan los haberes previsionales.
- Se ordena el reintegro de las sumas retenidas en concepto de impuesto a las ganancias en los últimos 5 años previos a la demanda.
- Los intereses se aplicarán conforme la tasa prevista en las resoluciones del Ministerio de Hacienda, desde la fecha de interposición de la demanda.
- Las costas se distribuyen en el orden causado.
Fundamentos principales:
- Se aplica la doctrina de la Corte Suprema en "García, María Isabel" que indica que gravar los haberes previsionales sin considerar la vulnerabilidad del colectivo afectado es inconstitucional.
- La sanción de la ley 27.617 no modifica el criterio jurisprudencial previo, ya que mantiene un enfoque estrictamente patrimonial sin tutelar a los jubilados vulnerables.
- El plazo de prescripción para la repetición del impuesto es de 5 años, conforme el artículo 56 de la ley 11.683.
- Los intereses deben calcularse conforme la tasa prevista en las resoluciones reglamentarias y desde la interposición de la demanda.
- Las costas se distribuyen en el orden causado, apartándose del principio objetivo de la derrota, atendiendo a la vulnerabilidad del actor.
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