PROVINCIA DE SAN JUAN c/ Esquivel, Arnaldo Fabián – Ejecutivo – INCONSTITUCIONALIDAD y CASACIÓN.
El actor promovió acción de inconstitucionalidad y planteó casación contra resoluciones vinculadas al régimen tributario provincial sobre cómputo de prescripción y exigibilidad de cuotas. La Sala Primera rechazó el recurso de casación, confirmando la resolución de la instancia anterior y condenando en costas.
¿Quién es el actor?
Provincia de San Juan - Ejecutivo (actora en los autos caratulados "Provincia de San Juan c/ Esquivel, Arnaldo Fabián").
¿A quién se demanda?
Esquivel, Arnaldo Fabián (parte ejecutante/recurrida).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Planteo de inconstitucionalidad respecto de normas del Código Tributario (artículos referidos, en especial artículo 48 y 47) y casación contra la sentencia que resolvió cuestiones vinculadas al cómputo de la prescripción, la individualidad de las cuotas tributarias y efectos de intimaciones/extrajudiciales en el cómputo de plazos.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de casación interpuesto; notifíquese y archívese; con costas a la parte que no resultó favorecida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Textos transcritos (2-3 párrafos relevantes y citas textuales del texto del tribunal, respetando el lenguaje original del fallo):
"Señala que al declarar inconstitucionalidad del artículo 48 ... sin aspectos que le estaban vedados al a quo al aplicar el fallo de una por las nal. también incurre norma carecer el argumentaciones."
"Agrega por confi- previo ... ha quedado inconstitucionalidad Tributario a ha de Añade sus la en arbitrariedad artículo traídas'a 3986 resultados. fallo Código Civil Código tributa valoración conocimiento del ha configurada arbitrariedad antojadizos del el quedado utilizados y la Tribu- confisca- quejosa que también el falio incurre en bitrariedad al de aplicar el art. 47 Código Tributario que que los plazos partir del ejercicio en se devengan las obligaciones como también por cuanto se desconoce el la prescripción que tiene el fuera cursada comienzan guiente al fiscales; efecto caso a dejar establece correr a así interruptivo la de que intimación que recurso de casación de la ley iugar, dice"
"Por lo merito el Tribunal al resultado RESUELVE: ... Rechazar casación presente ... con costas. Notifíquese archívese."
(El texto de la sentencia es en gran medida elocuente sobre la negativa a admitir la casación y la confirmación de lo decidido en la instancia anterior; se consignan críticas del recurrente respecto a la aplicación de los artículos 47 y 48 del Código Tributario y alegaciones de arbitrariedad en la valoración, las cuales el Tribunal rechazó al decidir la inadmisión del remedio).
¿Cómo votaron los jueces?
Los ministros firmantes (Dr. José Abel Soria Vega, Dr. Ángel Humberto Medina, Dr. Carlos Balaguer) acordaron el rechazo de la casación; se adhiere el voto de los señores ministros indicados.
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Leyes que cita
- Ley 340Codigo civil
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