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Tribunal Superior

C/ RUIZ María Agustina - por homicidio culposo - dos hechos (art. 84 C.P.) en perjuicio de Mario Espejo y Daniel Centeno - CASACIÓN e INCONSTITUCIONALIDAD

Causa por homicidio culposo (art. 84 C.P.) contra María Agustina Ruiz, con recursos de casación e inconstitucionalidad. La Sala Segunda rechazó los planteos de casación e inconstitucionalidad y ordenó protocolizar y notificar la resolución al tribunal inferior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Corte de Justicia - Sala Segunda (SAN JUAN)
Fuero
Corte de Justicia - Sala Segunda
Jurisdicción
Local · San Juan
Expediente
5970
Homicidio culposo Casacion Inconstitucionalidad Inhabilitacion Art. 84 c.p. Art. 76 bis Art. 522 c.p.p. Rechazo de recurso Sala segunda Notificacion al tribunal inferior

¿Quién es el actor?

Fiscalía / Ministerio Público en la investigación por homicidio culposo; la causa caratulada “c/ RUIZ María Agustina” (imputada).

¿A quién se demanda?

Ruiz, María Agustina (imputada por dos hechos de homicidio culposo, art. 84 C.P.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recursos de casación e impugnación por inconstitucionalidad relativos, entre otros, a la aplicación/alcance de la inhabilitación prevista en el Código Penal y a la suspensión del juicio (alusión al artículo 76 bis y al art. 522 C.P.P.).

¿Qué se resolvió?

Se rechazaron los planteos articulados en casación y por inconstitucionalidad; se ordenó protocolizar la resolución y notificar al tribunal inferior y a las partes.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripciones literales de pasajes relevantes del fallo (texto original del tribunal):

"Protocolícese, al inferior notifíquese para su oportunamente correspondiente."

"El rechazo del planteo de inconstitucionalidad ... la desestimación de la resolución dictada por el Juzgado..."

"RESUELVE: ... INCONSTITUCIONALIDAD ... neutralizar actividad ... radica inhabilitación ... recursos articulados por el letrado defensor de Ruiz."

(Se consignan como extractos textuales las frases tal como aparecen en el original, en atención al estado de digitalización del expediente.)

¿Cómo votaron los jueces?

El bloque dispositivo final es el que prevalece; del texto surge que la Sala Segunda acordó por mayoría el rechazo de los recursos y la remisión de la resolución para su protocolo y notificación.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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