JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MORENO MARIO JESUS S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal (apremio provincial) por el cobro de capital adeudado. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó la ejecución hasta tanto el demandado pague íntegramente $2.601.956,50 más intereses según el art. 104 del Código Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-31467-2026
Ejecucion fiscal Apremio provincial Art. 104 codigo fiscal Perdida del derecho por inactividad (arts. 166 155 cpcc) Sentencia de primera instancia Costas Fisco provincial Deudor moroso $2.601.956 50 Art. 10 ley 13.406

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

MORENO MARIO JESUS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución provincial/apremio por el cobro del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES SEISCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 50/100 ($2.601.956,50) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro de la suma exigida; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406)."

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor MORENO MARIO JESUS haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES SEISCIENTOS UN MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 50/100 ($2.601.956,50) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 27161004443@notificaciones.scba.gov.ar."

Normas que cita

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.