GONZALEZ ARGENTINO OSCAR S/ QUIEBRA(PEQUEÑA)
El síndico solicitó la conclusión de la quiebra por inexistencia de acreedores y la regulación de honorarios y gastos del proceso. El Tribunal dispuso la conclusión por inexistencia de acreedores condicionada al pago de gastos y honorarios, reguló los honorarios de la síndica ($575.704,50) y del letrado (7 JUS a $54.829 c/u), e impuso las costas al fallido.
¿Quién es el actor?
La Síndica Maria Cecilia Ferrari, en su carácter de síndica interventora.
¿A quién se demanda?
El fallido/deudor Argentino Oscar Gonzalez.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pedido de conclusión del proceso falencial por inexistencia de acreedores y regulación de los honorarios y gastos del concurso.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al pedido de conclusión de la causa por inexistencia de acreedores, condicionando la conclusión definitiva al pago por parte del fallido de los gastos y honorarios regulados; se regularon los honorarios de la síndica y del letrado patrocinante; se impusieron las costas al fallido; se fijó plazo de 30 días para el pago y se dispuso el diferimiento de la conclusión definitiva hasta el cumplimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I) El art. 229 segundo párrafo de la ley 24.522 resulta claro en cuanto establece que deberá declararse la conclusión de la quiebra 'cuando a la época en que el juez debe decidir sobre la verificación o admisibilidad de los créditos, no exista presentación de ningún acreedor, y se satisfagan los gastos íntegros del concurso' (Conf. JUNYENT BAS, Francisco - MOLINA SANDOVAL, Carlos, 'Ley de Concursos y Quiebras Comentada', Lexis Nexis, Ed. Depalma, Buenos Aires, 2003, T° II, p. 471)."
"IX) Por tanto, corresponde disponer la conclusión de la presente causa por inexistencia de acreedores, una vez que sean abonados los gastos y honorarios del proceso, con costas a la fallida (art. 229 párr. segundo, 265 inc. 5, 268 inc. 2 y cctes. ley 24.522; Conf. CC0203 LP 131616 S 24/05/2022)."
"XVI) Consecuentemente con ello, se impone establecer los honorarios del modo que sigue:
1) Los de la Síndica MARIA CECILIA FERRARI, Contadora Pública Nacional, CUIT 27-28768853-4, Monotributista, en la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS CUATRO CON 50/100 ($575.704,50) y debiendo deducirse el 7% de aportes a su cargo; ello con más el aporte total del 10% a cargo del cesante, conforme los artículos 27 inc. 'b' y 33 de la ley 12.724 -t.o. 13.948-;
2) Los del Dr. Martiniano Ariel Acosta (T° LXV F° 62 C.A.L.P.), C.U.I.T. 20-33262746-6, Monotribustista, en su carácter de letrado patrocinante del fallido, en la cantidad de 7 JUS, tomándose al efecto como referencia el valor de $ 54.829- establecido a la fecha por la RP 1517/26 de la SCBA ..., con más el aporte previsional del 10% ... (arts. 265 inc. 5, 268 inc. 2 y cctes. ley 24.522; ...)."
Otros párrafos relevantes del dispositivo (transcripción literal):
"1°) Disponer la conclusión de la presente causa por inexistencia de acreedores, una vez que sean abonados los gastos y honorarios del proceso.
2°) Regular honorarios, por la totalidad de las tareas cumplidas en el presente proceso falencial, del siguiente modo:1) los de la Síndica MARIA CECILIA FERRARI ... en la suma de ... ($575.704,50) ...; 2) Los del Dr. Martiniano Ariel Acosta ... en la cantidad de 7 JUS, tomándose ... $ 54.829 ... con más el aporte previsional del 10% ...
3°) Imponer las costas al fallido peticionante de su propia quiebra.
4°) Fijar el plazo de 30 (treinta) días para que el deudor Argentino Oscar Gonzalez abone los estipendios aquí fijados, ... la tasa de justicia ($33.896,62), la sobretasa ($1.694,83) ... .
6°) Diferir la conclusión definitiva de la quiebra ... al cumplimiento por parte de éste de todo lo aquí establecido."
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Normas que cita
- Ley 24.522arts. 229, 265, 268, 273, 240 · Concursos y quiebras
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)arts. 116, 337, 338, 341
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 2, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 28, 36
- Ley 12.724 (Provincia De Buenos Aires)arts. 27, 33
- Ley 6.716 (Provincia De Buenos Aires)art. 12
- CCyCNart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNCodigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 4013 (Scba)art. 10
- Acordada 4039 (Scba)art. 10
- Resolución 1517 (Scba)
Fallos que cita
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