CREDITO REGIONAL COMPAÑIA FINANCIERA S.A. C/ BERMO DAIANA EDITH S/ COBRO EJECUTIVO
Cobro ejecutivo promovido por CREDITO REGIONAL por $182.400 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó liquidar intereses según la Tasa Activa Promedio de Descuentos a 30 días del Banco Provincia desde la fecha de mora (10/02/2023), y condenó en costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
CREDITO REGIONAL COMPAÑIA FINANCIERA S.A.
¿A quién se demanda?
DAIANA EDITH BERMO
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro ejecutivo por capital reclamado PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($182.400) más intereses desde la fecha de mora (10/02/2023).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución; se ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital y más intereses que se liquidarán conforme pautas fijadas; se impusieron las costas al accionado; se constituyó domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado; se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad del art. 51 de la ley 14967.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I.- "No habiendo la parte demandada comparecido conforme a derecho (art. 56 CPCC) ni opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, la que fuera intimada de pago en su domicilio de la calle BELAUSTEGUI 2882, TRUJUI, PARTIDO DE MORENO (ver INFORME POR MANDAMIENTO / MANDAMIENTO INFORMADO (246402254007034967), según informa la Actuaria en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar. (art. 116 y 155 del CPCC)."
II.- "Respecto a los intereses, deben ser liquidados según la tasa que cobre el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones promedio de descuento a 30 días, vigente en los distintos períodos de aplicación, el que será calculado desde la fecha de mora (10/02/2023) y hasta su efectivo pago, mediante la aplicación que surge del sitio web www.scba.gov.ar (opción 'Servicios', 'Cálculo de Intereses en Línea', 'Tasa Activa Promedio de Descuentos a 30 dìas')."
III.- "Las costas han de ser impuestas al accionado que resulta vencido (arts.556 y 68 del CPCC.)."
¿Qué se resolvió?
"1) Mandando llevar adelante la ejecución promovida por CREDITO REGIONAL COMPAÑIA FINANCIERA S.A. contra DAIANA EDITH BERMO hasta tanto el deudor le haga a la acreedora íntegro pago del capital reclamado de PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS ($182.400) con más los intereses, que se liquidarán siguiendo las pautas establecidas en el considerando segundo.-
2) Imponiendo las costas al accionado vencido (art. 68 del CPCC), difiriendo la regulación de los honorarios para la oportunidad prevista por el art.51 de la ley 14967
3) Tiénese por constituido el domicilio procesal del demandado en los estrados del Juzgado (arts.40 y 41 del CPCC). REGISTRESE. NOTIFIQUESE a la actora en su casillero virtual (Ac. 4013 mod 4039 SCBA) y a la demandada por cédula en su domicilio real..."
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Leyes que cita
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
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