CANO SERGIO NICOLáS C/ OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.
Reclamo por accidente in‑itínere contra OMINT ART S.A. El tribunal hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso y revocó la sentencia impugnada, remitiendo el expediente para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Cano Sergio Nicolás.
¿A quién se demanda?
OMINT Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Accidente de trabajo in‑itínere (acción dirigida contra la ART por accidente en ocasión de traslado).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declaró la inconstitucionalidad, en el caso, de las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019 que habían sido aplicadas por la instancia anterior, y revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó dicho DNU. Ordenó remitir los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces y respetando el principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento. Las costas de esta instancia se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, 'Chocobar' (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, 'Muzychuk' (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.); resultando ello suficiente para resolver la impugnación traída."
"RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, y en resguardo del principio que veda la reformatio in pejus, dicte nuevo pronunciamiento."
¿Cómo votaron los jueces?
El acuerdo mayoritario está integrado por los jueces Torres, Kogan y Budiño, cuya resolución fue acompañada por el juez Soria, quien manifestó reserva de opinión respecto de su voto previo en la causa "Chocobar" pero acompañó la decisión de sus colegas.
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68, 289
- Resolución 10/20 (Presidencia SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1
- Resolución 921/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3.971/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
Fallos que cita
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