ESCOBAR ESTEBAN SALVADOR C/ FEDERACIÓN PATRONAL SEGUROS S.A. S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.
Acción especial por accidente de trabajo contra Federación Patronal Seguros S.A. El Tribunal hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, declara inconstitucional la aplicación del DNU 669/2019 en el caso, revoca la sentencia apelada y remite los autos al juez de origen para nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Escobar Esteban Salvador.
¿A quién se demanda?
Federación Patronal Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo (reclamo de prestaciones/indemnización derivados de accidente laboral).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; se revocó la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad en el caso se declaró; se remitieron los autos al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento. Se impusieron las costas del recurso y de la queja anterior por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. En primer término, cabe señalar que las escuetas manifestaciones vertidas por el recurrente concernientes a que el juzgador de grado no se habría expedido respecto de la contingencia debatida en autos y habría cuantificado el ingreso base mensual sin mayor "detalle", se encuentran alejadas de aquella cuestión federal a la que aludió el quejoso y esta propia Corte en la resolución de fecha 7 de junio de 2022, desbordando entonces el marco de admisibilidad por el que transita el recurso. En otra hipótesis, tales expresiones carecen de un desarrollo idóneo que les otorgue sustento. En fin, son inatendibles."
"II. Luego, los agravios dirigidos a impugnar la aplicación al caso y la validez constitucional del decreto de necesidad y urgencia 669/19, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir en las causas L. 128.977, "Chocobar" (sent. de 13-III-2026) y L. 129.800, "Muzychuk" (sent. de 14-VII-2025), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
Bloque dispositivo final (resolución mayoritaria):
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones del decreto de necesidad y urgencia 669/2019, cuya inconstitucionalidad -en el caso- se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen para que, integrado con otros jueces, dicte nuevo pronunciamiento.
Las costas del recurso que se resuelve, así como las de la queja resuelta con fecha 7 de junio de 2022, se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa aplicable (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución aparece firmada por las juezas Kogan y Budiño y el juez Torres (voto inicial), con adhesión del juez Soria en el acuerdo. No consta disidencia que modifique lo resuelto por el bloque dispositivo final.
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Normas que cita
- Decreto 669/2019
- Constitución NacionalConstitucion nacional
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