OLMEDO KAREN ELISABET C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL.
Reclamo por enfermedad profesional contra la Provincia de Buenos Aires por aplicación del plazo del art. 2 inc. j) de la ley 15.057. La Corte rechazó el recurso extraordinario y confirmó la declaración de invalidez constitucional del plazo previsto en dicho artículo, remitiendo autos al tribunal de origen para continuar el trámite.
¿Quién es el actor?
Olmedo Karen Elisabet.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuestión vinculada con enfermedad profesional y la aplicación del plazo previsto en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057 (cuestión de inconstitucionalidad del plazo).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada y confirmó el pronunciamiento de grado que declaró la invalidez constitucional del plazo previsto en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057. Se remitieron los autos al tribunal de origen para que prosigan las actuaciones según su estado. Las costas de esta instancia se imponen por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte demandada, hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir la causa L. 131.700, 'Magliano' (sent. de 19-IX-2025); a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
"Rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y confirmar el pronunciamiento de grado en cuanto declaró la invalidez constitucional del plazo previsto en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."
"Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
La parte resolutiva final del acuerdo de la Suprema Corte (bloque dispositivo) es la que determina la solución: rechazo del recurso y confirmación de la declaración de invalidez constitucional del plazo del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057. No consta en el extracto disidencia expresa.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. "j"
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)arts. 31 bis, tercer párrafo
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 68 segundo párrafo, 289
Fallos que cita
- MaglianoSCBA · 19/09/2025
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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