Romero, Andrea Virginia c/Impreba S.A. s/Despido
La actora demandó por indemnizaciones por despido, diferencias salariales y sanción del art. 80 LCT en relación con su trabajo como periodista. La Suprema Corte rechazó por inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, al entender que el valor del litigio no supera el mínimo recursivo y que los agravios fundados en la valoración de la prueba quedan fuera del ámbito de esta instancia.
¿Quién es el actor?
Andrea Virginia Romero.
¿A quién se demanda?
Impreba S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnizaciones por despido, diferencias salariales derivadas de la aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo 541/08 (y discusión sobre aplicación del CCT 301/75), y la sanción prevista en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó por inadmisible el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la actora; se impusieron costas (art. 289, C.P.C.C.). La decisión de mérito del Tribunal del Trabajo n°5, que rechazó la demanda, quedó firme en esta instancia extraordinaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal de origen desestimó íntegramente la acción instaurada por Andrea Virginia Romero contra la firma 'Impreba S.A.', en cuanto pretendía el cobro de las indemnizaciones derivadas del despido, diferencias salariales y la sanción prevista en el art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (texto según art. 45 de la ley 25.345)."
"La experticia contable corroboró este último extremo, en tanto determinó que entre la remuneración percibida por la accionante y la devengada según la precitada norma convencional y los acuerdos que la componen, se constataban -al momento del distracto- diferencias a su favor por la suma de $ 4.335,19."
"El recurso, en mi opinión, no es admisible... Por consiguiente, atento que únicamente subsiste en esta instancia extraordinaria el conocimiento de los cuestionamientos antes mencionados, he de advertir que el valor del litigio no supera el monto mínimo para recurrir fijado por el art. 278 del Código Procesal Civil y Comercial (art. 1, ley 14.141, B.O., 15-VII-2010)."
"La revisión del pronunciamiento de grado sólo podrá intentarse por vía de la excepción prevista en el art. 55 -primer párrafo, in fine- de la ley 11.653... anticipo que no se configura en el caso el mentado supuesto."
"En función de lo expuesto, corresponde rechazar por inadmisible el recurso extraordinario traído, con costas (art. 289, C.P.C.C.)."
¿Cómo votaron los jueces?
unanimidad de los señores jueces Genoud, de Lázzari, Pettigiani y Soria; todos votaron en igual sentido.
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Leyes que cita
- Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 25.345Prevencion de la evasion fiscal
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