Arrieta, Mauricio Lebian contra Reidy, Roberto Gabriel. Despido
El actor reclamó pago de haberes, horas extras y diversas indemnizaciones por despido. La Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario: revocó la cuantificación de salarios (septiembre 2008) y de indemnizaciones (despido y preaviso) y, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.399, ordenando aplicar la tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires para intereses.
¿Quién es el actor?
Mauricio Lebian Arrieta.
¿A quién se demanda?
Roberto Gabriel Reidy.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pago de haberes (salario de septiembre 2008), horas extraordinarias, SAC, vacaciones no gozadas, indemnizaciones por despido injustificado, integración y sustitutiva del preaviso, y recargo del art. 2 Ley 25.323.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley; se revocó la sentencia de grado respecto de la errónea cuantificación del salario de septiembre de 2008, de la indemnización por despido y de la indemnización sustitutiva del preaviso (y su incidencia en el recargo del art. 2 Ley 25.323); por mayoría se declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.399 respecto de la tasa activa aplicada y se ordenó liquidar los intereses conforme a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a 30 días (vigente en los distintos períodos).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso debe prosperar parcialmente."
"En consecuencia, una vez devueltos los autos, el tribunal deberá calcular nuevamente la indemnización prevista en el art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, adicionando al indicado salario del mes de abril de 2008 ($ 2.020,42) la incidencia de las horas extras ($ 1.999,20) y del sueldo anual complementario."
"En consecuencia, el agravio debe prosperar, debiendo descontarse de la suma que condenó a pagar el tribunal en tal concepto, el importe que figura percibido por el trabajador en el indicado recibo de fs. 7 ($ 842,31)."
"En virtud de lo expresado, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido, declarar la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y revocar la sentencia en cuanto cuantificó erróneamente el salario del mes de septiembre de 2008 y las indemnizaciones por despido injustificado y sustitutiva de preaviso –con su incidencia en el cálculo del recargo previsto en el art. 2 de la ley 25.323- y dispuso la aplicación de la tasa activa para calcular los intereses, los que deberán establecerse conforme lo expuesto en el punto anterior."
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído, y se revoca la sentencia impugnada en cuanto estableció erróneamente el salario del mes de septiembre de 2008 y las indemnizaciones por despido injustificado y sustitutiva del preaviso, con su incidencia en el cálculo del recargo previsto en el art. 2 de la ley 25.323. Asimismo, por mayoría, se declara la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y se casa igualmente el pronunciamiento emitido en la instancia anterior en lo relativo a la tasa que declaró aplicable para el cálculo de los intereses adeudados, los que deberán liquidarse con arreglo a la que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a treinta días, vigente en los distintos períodos de aplicación."
(Votos concurrentes y discrepancias: la mayoría declaró la inconstitucionalidad de la ley 14.399 y ordenó aplicar la tasa del Banco Provincia; dos jueces (Negri y Pettigiani apoyaron la constitucionalidad en otros votos, pero el resultado final fue por mayoría conforme al dispositivo.)
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 14.399 de Buenos AiresModifica el artículo 48 de la ley 11653, ley de procedimiento ante los tribunales laborales
- Ley 25.323Contrato de trabajo
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