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Cámara de Apelaciones

ELIAS, MARIO ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Reajustes varios y recálculo de la PBU contra ANSeS. La Cámara Federal de Salta, Sala I, confirmó el diferimiento del análisis sobre el recálculo de la PBU para la etapa de liquidación, rechazó las objeciones de inconstitucionalidad respecto de la ley 27.609 y confirmó la imposición de costas a la ANSeS.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA I - SECRETARIA PREVISIONAL 1
Fuero
FEDERAL DE SALTA
Jurisdicción
Federal · Salta
Expediente
FSA 003805/2024/CA001
Costas Inconstitucionalidad Anses Reajustes Pbu Tope jubilatorio Ley 27.609 Ley 24.463 Decreto 274/24 Diferimiento para liquidacion

¿Quién es el actor?

ELÍAS, Mario Alfredo (autos caratulados “ELIAS, MARIO ALFREDO REAJUSTES VARIOS”).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo por reajustes varios, incluyendo pedido de recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU), planteos de inconstitucionalidad de la ley 27.609 y del decreto 274/24, cuestionamiento del tope previsto en el art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 y costas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmaron las decisiones de grado conforme a la parte resolutiva: se confirmó el diferimiento de la valoración de la procedencia del reclamo del recálculo de la PBU para la etapa de liquidación; se rechazaron las objeciones de la demandada sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y se confirmó lo resuelto en grado; se diferió el tratamiento del pedido de inconstitucionalidad del decreto 274/24 para la etapa de ejecución; se diferió para liquidación la cuestión relativa al tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 (y su eventual actualización); se rechazaron los agravios de ANSeS sobre costas y se confirmó lo resuelto en la instancia anterior; se condenó en costas a ANSeS en esta instancia por aplicación del art. 36 de la ley 27.423.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Que respecto a los agravios sobre el diferimiento del análisis sobre la procedencia de la actualización de la PBU, corresponde confirmar lo resuelto en grado sobre el punto y diferir para la etapa de ejecución el tratamiento de ese punto (cfr. CSJN en autos “Quiroga, Carlos Alberto c/ ANSeS s/ reajustes varios” del 11/11/14, “Ciuti, Pablo c/ ANSeS s/ reajustes varios”, sent. del 30/6/15; “De Luca, Raúl Jorge Norberto c/ ANSeS s/ reajustes varios”, sent. del 26/12/17, entre otros), a cuyo fin deberán tenerse en cuenta las pautas dadas por esta Sala I en autos “Soule, Humberto Neri c/ ANSeS s/ reajustes varios” expte. 1546/17, sentencia del 2/6/20 y “Corvalán, Paulina del Valle c/ ANSeS s/ reajustes varios” expte. 16332/17, sentencia del 18/8/20."

"IV) Que corresponde confirmar el diferimiento dispuesto en grado respecto de la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la ley 24.463 para el momento de practicarse liquidación, oportunidad en la que se podrá acreditar el perjuicio ocasionado por las normas sobre haberes máximos jubilatorios, conforme lo tiene dicho la Corte Suprema de Justicia en numerosos precedentes (Fallos: 320:2039 y 327:3251, entre otros), a cuyas consideraciones cabe remitir por razón de brevedad, a la vez que la razonabilidad de tales limitaciones ha sido examinada en la mencionada causa “Actis Caporale” (Fallos: 323:4216)."

"V) Que sobre los agravios de la demandada dirigidos a cuestionar la imposición de costas en grado, corresponde remitirse al precedente “Morales, Blanca Azucena”, sent. del 22/6/23 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y, en consecuencia, por aplicación del art. 36 de la ley 27.423, rechazar su planteo."

¿Cómo votaron los jueces?

el acuerdo aparece firmado por los Dres. Luis Renato Rabbi Baldi Cabanillas, Ernesto Sola y Santiago French. No consta disidencia en la parte resolutiva.

Leyes que cita

  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.463Solidaridad previsional
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria

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