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RECALDE, CATALINO c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACION s/AMPARO DE SALUD

El actor promovió amparo de salud contra su obra social. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal confirmó la sentencia que ordenó a la obra social mantener la afiliación del jubilado y su grupo familiar.

Obra social Amparo Afiliacion Jubilado Ley 23 660


¿Quién es el actor?

CATALINO RECALDE

¿A quién se demanda?

OBRA SOCIAL DE LA UNION DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Mantener la afiliación del actor y su grupo familiar a la obra social luego de obtener el beneficio jubilatorio

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia que ordenó a la obra social mantener la afiliación de forma definitiva. La Cámara consideró que la jubilación del actor no implicaba la finalización forzosa de su vínculo con la obra social, ya que subsistía en su esfera de autonomía el derecho a permanecer afiliado. Señaló que la ley 23.660 y su decreto reglamentario prevén que los jubilados y pensionados pueden optar por mantener su afiliación a la obra social a la que pertenecían durante su actividad laboral, con independencia del traspaso al INSSJP. Por lo tanto, la obra social demandada debía mantener la afiliación del actor y su grupo familiar, con los aportes deducidos de su haber jubilatorio.

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