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GUARAZ, HECTOR MANUEL c/ OSOCNA Y OTRO s/AMPARO DE SALUD

Afiliado jubilado logra que se mantenga su plan de obra social. La Cámara Nacional confirma la sentencia que obliga a las obras sociales a mantener la afiliación.

Obra social Derecho a la salud Amparo Afiliacion Jubilado Transferencia de aportes


¿Quién es el actor?

H.M.G.
- Demandados: Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) y Obra Social de Comisarios Navales (OSOCNA)
- Objeto de la demanda: Mantener la afiliación del actor en el Plan 210 de OSDE por derivación de aportes, luego de haberse jubilado.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo, condenando a OSDE y OSOCNA a mantener la afiliación del actor en el Plan 210. Se ordena a ANSES transferir los aportes a OSOCNA y que el actor abone la diferencia entre los aportes y el valor del plan.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara considera que corresponde confirmar la sentencia de primera instancia, de acuerdo a los precedentes jurisprudenciales analizados que avalan la posición del actor. Se destaca que cuando se trata de preservar el derecho a la salud, la regulación de honorarios debe ajustarse a las pautas de valoración profesional de la ley 27.423.

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