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Cámara de Apelaciones

Despido: Tuco, Gregorio c/ Ochoa, Carlos Raúl

El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron un convenio transaccional por $3.000.000 sujeto a homologación. El Tribunal del Trabajo homologó el convenio “en cuanto por derecho hubiere lugar” y dispuso la liquidación del crédito fiscal, consignando que la homologación “deviene ajustada a derecho”.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-206307/2022
Costas y honorarios Homologacion Despido Notificacion por cedula Tribunal del trabajo Acuerdo ratificado Convenio transaccional $3.000.000 L.c.t. art. 15 Liquidacion de credito fiscal

¿Quién es el actor?

Tuco, Gregorio (actor).

¿A quién se demanda?

Ochoa, Carlos Raúl (demandado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción por despido; las partes suscribieron un acuerdo transaccional sujeto a homologación judicial por la suma de $3.000.000, con pacto sobre costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se homologó el convenio transaccional traído a la causa, se ordenó la liquidación del crédito fiscal y se dispuso notificar por cédula, agregar copia en autos y protocolizar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, durante el trámite del proceso, el Dr. Daniel Alberto Erazo por el actor y el Dr. Juan Ortega por el demandado, dan cuenta de acuerdo transaccional celebrado entre las partes, sujeto a homologación judicial y que ha sido ratificado por el actor en forma personal ante del actuario (acta SIGJ 04/09/2025)."

"El mismo “representa una justa composición de los derechos e intereses de las partes” (art. 15 de la L.C.T.) por lo que al respecto la homologación deviene ajustada a derecho."

"Que, de cláusula primera resulta el monto del acuerdo ($ 3.000.000) y en cláusula cuarta se ha pactado de costas y honorarios."

Bloque dispositivo final (literal):

"RESUELVO: I.- Homologar en cuanto por derecho hubiere lugar convenio transaccional celebrado entre las partes traído a la causa en incorporado al SIGJ.

II.- Disponer la liquidación del crédito fiscal.

III.- Notificar por cédula, agregar copia en autos, protocolizar."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución está firmada por el Juez del Tribunal del Trabajo Herrera, Hugo Cesar Moises; no consta disidencia ni otros votos.

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