PROTECCIÓN DE PERSONA/ VIOLENCIA FAMILIAR P., M. S. c/ C., P. A
La actora promovió medidas de protección por violencia familiar contra C., P. A., solicitando exclusión del hogar y prohibición de acercamiento. El Juzgado de Primera Instancia archivó la causa por incomparecencia de la denunciante y dejó a disposición el servicio del Consejo de las Mujeres para atención posterior.
¿Quién es el actor?
Sra. P., M. S., DNI:... (representada por la Dra. Villagra Patricia Paola).
¿A quién se demanda?
Sr. C., P. A., DNI:...
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Medidas de protección por violencia familiar (exclusión del hogar; prohibición de acercamiento; abstención de actos de violencia; implementación de la aplicación DIME).
¿Qué se resolvió?
Archivar la causa por incomparecencia de la denunciante; comunicarle que el espacio de atención del CONSEJO DE LAS MUJERES, IGUALDAD DE GÉNERO y RESPETO A LAS DIVERSIDADES está disponible para cuando requiera; registrar y notificar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En fecha 13/06/25 la Sra. Jueza con funciones de control especializada en Violencia de Género Nº 1 Dra. MÓNICA CRUZ MARTINEZ ha ordenado la EXCLUSIÓN DEL HOGAR del demandado Sr. C., P. A. DNI:..., del domicilio sito en calle... Bº NORTE, así mismo la PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO respecto a la Sra. P., M. S. DNI:... por un término de 120 días. Así también la abstención de realizar actos de violencia, la instalación de la aplicación DIME."
"Surge del S.I.G.J. que se ha citado a la Sra. P., M. S. DNI:... mediante oficio N° 2341 el cual ha sido notificado en persona en fecha 14/06/25, y la implementación de la aplicación DIME en el celular de la denunciante, sin que la misma haya comparecido a la audiencia fijada. Asimismo fue citada por segunda vez a la realización del informe de riesgo, sin comparecer al mismo. Por su parte la Lic. Patricia Alba realizó control de medidas manifestando '... en varias oportunidades intenté comunicarme telefónicamente con la denunciante Sra. P., M. S., sin lograr establecer la comunicación ya que el celular de contacto envia la llamada directamente al buzón en todos los intentos por lo cual no fue posible realizar el control correspondiente...'"
"Analizado el caso, y ante la incomparecencia de la Sra. P., M. S. DNI:... estimo que corresponde respetar su decisión y archivar la presente causa."
Texto del dispositivo final (resolutivo):
"RESUELVE:
I.- Archivar la causa.
II.- Hacer saber a la Sra. P., M. S. DNI:... que se encuentra disponible el espacio para brindar atención y trabajar sobre las situaciones de violencias denunciadas oportunamente, cuando así lo requiera, en el CONSEJO DE LAS MUJERES, IGUALDAD DE GENERO y RESPETO a las DIVERSIDADES.
III.- Registrar y notificar."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia en el documento; la resolución aparece firmada por la Jueza de Primera Instancia especializada en Violencia de Género, Dra. Mónica Cruz Martinez, con firma habilitada de Candelaria Gil.
Fechas relevantes: orden inicial de medidas 13/06/2025; notificación en persona 14/06/2025; fecha de la sentencia 10/04/2026; plazo de prohibición de acercamiento fijado por 120 días.
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