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Primera Instancia

T., A. E.; V., E. M.; G., A. M. y PERSONAS A ESTABLECER p.s.a. ROBO EN POBLADO Y EN BANDA (dos hechos)

El Fiscal solicitó allanamientos y registros en cuatro domicilios vinculados a imputados por dos hechos de hurto en poblado y en banda. El Juez de primera instancia ordenó los allanamientos y secuestros solicitados por considerarlos indispensables para asegurar la investigación y fundó su decisión en el art. 218 del CPP.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Jueces con Funciones de Control - Turno Penal - San Salvador de Jujuy (JUJUY)
Fuero
Jueces con Funciones de Control - Turno Penal - San Salvador de Jujuy
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
P-10478/2025
Allanamiento Intervencion policial Registro domiciliario Secuestro de prueba Dispositivos electronicos Hurto en poblado y en banda Art. 218 cpp Fiscalia de humahuaca Brigada de investigaciones Prendas y televisores

¿Quién es el actor?

Dr. Fernando Alancay, Fiscal de Investigación Penal Preparatoria de Humahuaca.

¿A quién se demanda?

A. E. T.; E. M. V.; A. M. G.; y otras personas a establecer (imputados/sindicados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Orden de allanamiento, registro y secuestro en cuatro domicilios y secuestro de bienes y dispositivos personales vinculados a hechos de hurto (dos hechos) para asegurar la investigación.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al pedido fiscal y se ordenó el allanamiento y registro de los cuatro domicilios descriptos, comisionando a la Brigada de Investigaciones de Humahuaca para su cumplimiento entre los días 6 y 8 de mayo de 2026 (de 07 a 20 hs.), con actas conforme art. 219 del CPP, y disponiendo el secuestro de los bienes detallados si se hallaren.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"V) Analizando los fundamentos vertidos por el Sr. Fiscal, la evidencia mencionada y adjuntada por el órgano acusador, considero que se cumple con las exigencias del art. 218 del CPP, surgiendo elementos de convicción suficientes para sospechar que los hechos antijurídicos han sucedido y la medida restrictiva solicitada resulta absolutamente indispensable a fin de asegurar la investigación, la actuación de la ley."

"En los domicilios indicados hay un grado de sospecha razonable de que podrían encontrarse los elementos indicados, ya que serían el lugar de residencia o que frecuentarían los imputados, según se desprende de las tareas investigativas llevadas a cabo por el Sargento Ayudante Juan Diego Zerpa de la Brigada de Investigaciones de Humahuaca."

"Los registros domiciliarios serán al único efecto de proceder al secuestro de los elementos detallados en la parte resolutiva que se hallen debidamente identificados; todo de acuerdo con lo normado en los arts. 218, 219, 227 y conc. del CPP."

Adicionalmente, en la parte resolutiva se consignó detalladamente la relación de bienes cuya sustracción se imputa (entre ellas: dos maletas negras con pertenencias personales incluyendo un iPhone 13 IMEI 352707669995379, múltiples televisores marca Noblex/Samsung/LG/Phillips, computadoras portátiles Lenovo blancas y negras, netbook HP del Plan Conectar Igualdad, estufa Westinghouse, cortadora de césped marca Stihl, cámaras, guitarras, mercaderías, joyas, y presunto fajo de dólares falsos), así como la comisión al Jefe de la Brigada para ejecución de la medida en los días y horario indicados.

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos ni disidencias en el extracto presentado; la resolución final fue dictada por el Juez Mercau, Gastón.

Fechas relevantes: hechos denunciados el 01/05/2026 y 03/05/2026; resolución y orden de allanamiento con fecha San Salvador de Jujuy, 06 de mayo de 2026; ejecución prevista entre 06 y 08 de mayo de 2026 de 07 a 20 hs.

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