MORELLI CLARA LELIA S/QUIEBRA c/ BANCO MACRO S.A. s/CANCELACION DE HIPOTECA
El Síndico de la quiebra de Clara Lelia Morelli demandó la cancelación de una hipoteca constituida sobre un inmueble a favor del Banco Macro SA. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, admitiendo la acción en cuanto al cumplimiento de la cancelación hipotecaria y rechazando la solicitud de daños y perjuicios.
- Quién demanda: El Cdor. Eduardo Pedro Lavagnino, Síndico de la quiebra de Clara Lelia Morelli, y los herederos de Nicolás Di Maio.
¿A quién se demanda?
Banco Macro SA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cancelación del derecho real de hipoteca sobre un inmueble y la suma de U$S 7.250 en concepto de cláusula penal por la demora en la cancelación.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, admitiendo la acción en cuanto a la cancelación de la hipoteca pero rechazando el reclamo por daños y perjuicios. Las costas fueron impuestas en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"No es ocioso señalar que la actividad desplegada por la magistrada encuentra su razón de ser en las facultades propias que le confiere el ordenamiento legal (cfr. arts. 34 y 163 del Código Procesal), razón por lo cual lo actuado desde tal óptica no resulta técnicamente objetable." "De manera que, no encontrándose afectado el orden público, he de proponer al acuerdo modificar lo decidido al respecto, admitiéndose la demanda y el allanamiento exteriorizado en cuanto al cumplimiento del objeto instrumental y registral perseguido." "En orden a ello, cabe recordar, que quien demanda tiene a su cargo demostrar su título, vale decir, la existencia de uno de “los actos lícitos o ilícitos”, que según el art. 499 del Código Civil, son aptos para generar un crédito a su favor (conf. art. 377 Cód. Proc.)."
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