B. D. S. c/ CONSORCIO DE PROP.AV.RIVADAVIA 2147/57 Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA PROP.HORIZ
El actor promovió demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de ascensor. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios por incapacidad sobreviniente.
Daños y perjuicios por accidente de ascensor
¿Qué se resolvió?
Se aumentó el monto indemnizatorio por incapacidad sobreviniente a $110.000 y se fijaron los intereses a la tasa pasiva hasta el 01/08/2015 y a partir de entonces a la tasa activa.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se otorgó pleno valor probatorio a la pericia mecánica que determinó que la caída del ascensor se debió a la falta de mantenimiento.
- La responsabilidad del consorcio no se excluye por haber delegado el mantenimiento en Ascen Sur SRL.
- Para calcular la incapacidad sobreviniente se utilizó una fórmula matemática que tiene en cuenta la disminución de la aptitud laboral de la víctima y sus posibilidades de progreso económico.
- Respecto a los intereses, se fijaron a la tasa activa desde el inicio de la mora, con excepción del período anterior al 01/08/2015 en que se aplicó la tasa pasiva.
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