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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ PALACIOS CAMILO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial contra Palacios Camilo por una obligación fiscal. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta cobrar $839.929,80 más intereses desde el 18/08/2026 y condenó en costas a la vencida, constituyendo domicilio procesal en autos por apercibimiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 3 - LA PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
84779
Apremio provincial Ejecucion fiscal Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida de derecho por inactividad Costas a la vencida Constitucion de domicilio Ley 13.406 Deuda fiscal $839.929 80 Notificacion/apercebimiento La plata

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

PALACIOS CAMILO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de deuda fiscal por capital reclamado de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 80/100 ($839.929,80) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda (18/08/2026) hasta su pago.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución hasta que la demandada haga íntegro pago del capital reclamado ($839.929,80) con intereses desde 18/08/2026; se impusieron las costas a la vencida y se constituyó el domicilio procesal en los estrados por haber sido notificada del apercibimiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habiendo sido la demandada PALACIOS CAMILO intimada de pago en el domicilio de 36 468 PISO:PB° DEPTO.:6 LA PLATA (ver mandamiento acompañado) y no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155, concs. del C.P.C.C. y 25 ley 13406)."

"Por ello, conforme lo solicitado, las constancias obrantes en autos y lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concs. del C.P.C.C., RESUELVO: 1) Mandar llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada PALACIOS CAMILO haga íntegro pago al accionante, Fisco de la Provincia de Buenos Aires, del capital reclamado de PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 80/100 ($839.929,80). A dicho monto se le aplicarán intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal (texto según ley 10.397, t.o. Res. 39/2011) desde la interposición de la demanda, -día 18/08/2026- y hasta su efectivo pago."

"2) Las costas se imponen a la vencida (arts. 68, 556 y concs. del C.P.C.C.), difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente (artículos 15 ap. 2º y 22 ley 13.406)."

"3) Hallándose la demandada debidamente anoticiada del apercibimiento dispuesto en la providencia de fecha 24/08/2026, conforme surge del mandamiento prealudido, tiénese por constituido su domicilio en los estrados de este Juzgado (arts. 7 ley 13.406 y 41 del CPCC). Regístrese y Notifíquese (artículos 24 ley 13.406, ley 15007 y Ac. 4013)."

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