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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ FLUORTEN S.R.L. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal apremio contra FLUORTEN S.R.L. por capital reclamado de $1.061.356,30 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda, ordenó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro y condenó en costas a la demandada por hallarse vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 2 - SAN MARTIN
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
37631
Ejecucion fiscal Apremio provincial Falta de excepciones Perdida de derechos procesales Costas Intereses conforme art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Monto $1.061.356 30 Cpcc provincia de buenos aires Mandamiento de pago.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

FLUORTEN S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución fiscal del capital reclamado de Pesos UN MILLÓN SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 30/100 ($1.061.356,30) y los intereses computables según el art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su pago efectivo.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda y se ordenó continuar la ejecución hasta el íntegro pago del monto reclamado más intereses; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC).-"

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor FLUORTEN S.R.L. haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLÓN SESENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 30/100 ($1.061.356,30) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.-"

"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE (Art. 135, inc. 12 del CPCC y art. 13 de la ley 13.406).-"

(No aparecen votos ni disidencias; el dispositivo es claro en hacer lugar a la ejecución por los fundamentos indicados.)

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