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Primera Instancia

A.R.B.A. C/ BISIO FEDERICO GUSTAVO S/ APREMIO PROVINCIAL

Ejecución fiscal provincial contra BISIO por deuda tributaria por $3.258.681,50. El Tribunal ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado más intereses y condenó en costas a la parte demandada por haber perdido el derecho de oponer excepciones.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - MAR DEL PLATA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-34512
Ejecucion fiscal Apremio provincial Arba Deuda tributaria Perdida de excepciones Costas Domicilio procesal Intereses legales Ley 13.406 Codigo fiscal

¿Quién es el actor?

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA).

¿A quién se demanda?

BISIO Federico Gustavo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución del título ejecutivo por capital reclamado que asciende a PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 50/100 ($3.258.681,50) más intereses legales (art. 104 del Código Fiscal -t.o. Res. 39/2011).

¿Qué se resolvió?

Se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga el pago íntegro del capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas a la demandada; se tuvo por constituido el domicilio en los estrados del Juzgado y se dejó constancia de la notificación de la intimación de pago en el domicilio denunciado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"VISTO Y CONSIDERANDO: Que la parte demandada no ha opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, en consecuencia dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 25 de la ley 13.406; arts. 116 y 155 del C.P.C.C.)"

"Por ello conforme a lo pedido y a lo dispuesto por los arts. 1, 2, 3, y 13 de la ley 13.406, FALLO:

1) Mandando a llevar adelante la presente ejecución hasta tanto BISIO FEDERICO GUSTAVO haga al actor, AGENCIA DE RECAUDACIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado, que asciende a la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 50/100 ($3.258.681,50) -monto total del título ejecutivo- con más los intereses legales que corresponden (art. 104 del Código Fiscal -t.o. Res. 39/2011).

2) Las costas se imponen a la demandada que resulta vencida (arts. 25 de la ley 13.406 y arts. 556 y 68 del C.P.C.C), difiriendo la regulación de honorarios para su oportunidad (art. 15 y 22 de la ley 13.406).

3) Se hace efectivo el apercibimiento oportunamente previsto y, en consecuencia, tiénese por constituído el domicilio de la accionada en los estrados del Juzgado (art. 13, 25 de la ley 13.406 y art. 41 del CP CC).

4) En cumplimiento de lo ordenado por el art. 14 de la Ac. 2.514/92 de la S.C.B.A., se deja expresa constancia que la demandada fue intimada de pago en el domicilio denunciado bajo responsabilidad de la parte actora calle Cristobal Colon Nro. 1550 - Piso 34 - Dto. A de la localidad de Mar del Plata.

5) Regístrese. Notifíquese"

(Se consignan los párrafos tal como figuran en la sentencia; no hay votos discordantes ni bloque dispositivo distinto al cuerpo citado.)

Leyes que cita

  • Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…

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