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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ GARCIA MARIA LORENA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio provincial para cobrar una deuda fiscal por $1.873.948,50 más intereses. El Tribunal ordenó ejecutar hasta el íntegro pago de esa suma con intereses conforme a la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y declaró perdido el derecho de oposición por falta de excepciones en término.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - QUILMES
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
55901
Apremio provincial Ejecucion fiscal Perdida de excepciones Intereses Resolucion 10/24 Ley 13.406 Cpcc Codigo fiscal Costas Domicilio constituido

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

MARIA LORENA GARCIA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución/apremio provincial para cobrar capital por PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 50/100 ($1.873.948,50) más intereses.

¿Qué se resolvió?

Se ordenó llevar adelante la ejecución contra la demandada hasta hacerse íntegro pago de $1.873.948,50 más intereses aplicables según Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias. Se declaró perdido el derecho a oponer excepciones por no haberse formulado en término; costas a la vencida; regulación de honorarios postergada. Se tomó domicilio constituido en los estrados del juzgado y se ordenó notificación conforme ley 13.406 y art.133 del CPCC.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE GUARDIA VIEJA - NRO. 91 - CP. 1888 - LOC. FLORENCIO VARELA, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."

"Mandando llevar adelante la ejecución contra MARIA LORENA GARCIA, hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 50/100 ($1.873.948,50), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal - T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago."

"Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."

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