FERNANDEZ MARISA EDITH S/ SUCESION AB-INTESTATO
El cónyuge promovió la declaratoria de herederos en juicio de sucesión ab-intestato por el fallecimiento de Marisa Edith Fernández. El Tribunal declaró a Lucas Javier Di Rosa único heredero universal y heredero de los bienes propios en cuanto hubiere lugar, fundando la decisión en la acreditación de la defunción, la inexistencia de descendencia y la publicación de edictos con resultado negativo.
¿Quién es el actor?
Lucas Javier Di Rosa.
¿A quién se demanda?
Sucesión de Fernandez Marisa Edith (masa hereditaria/causa sucesoria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos ab-intestato y reconocimiento del cónyuge como heredero universal y de bienes propios.
¿Qué se resolvió?
Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de FERNANDEZ MARISA EDITH le sucede en carácter de universal heredero su cónyuge LUCAS JAVIER DI ROSA, y se lo declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, con las aclaraciones relativas a derechos sobre gananciales. Se dejó constancia que la resolución carece de valor para inscripción, cesión/transmisión de bienes o cobro de sumas de dinero.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) Que con el certificado remitido en pdf del 26/2/26 se acredita la defunción de Don: FERNANDEZ MARISA EDITH, ocurrida el 4/11/2016.-
2º) Que ésta era de estado civil casada de sus primeras nupcias de LUCAS JAVIER DI ROSA, matrimonio celebrado el 23/9/2005 (pdf del 26/2/26).-
3º) Que de dicha unión no hubo descendencia conforme lo manifestado en el punto 2 del escrito de inicio.-
4º) Que con fecha 14/4/26 se ha efectuado la publicación de edictos que prescribe el art.tipear segun corresponda art.734 del CPCC o 2340 del Código Civil y Comercial, sobre cuyo resultado negativo informa la Actuaria en este acto (art. 116 del CPCC) y que se puede constatar a través del link: https://boletinoficial.gba.gob.ar/secciones/14101/ver
Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 7, 2337, 2424 y 2435 del Código Civil y Comercial de la Nación y 735 y 737 del CPCC., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de FERNANDEZ MARISA EDITH, le sucede en carácter de universal heredero su cónyuge LUCAS JAVIER DI ROSA, a quien también se le declara heredar en cuanto a los bienes propios, si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales.REGISTRESE.-"
(Se transcriben los párrafos que contienen la acreditación de la defunción, el estado civil, la falta de descendencia, la publicación de edictos y el dispositivo que declara heredero universal al cónyuge. No se registran votos disidentes en el texto.)
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Normas que cita
- Ley CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIONarts. 7, 2337, 2424, 2435 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 734, 735, 737, 116
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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