JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Marcial Correa c/ Obras Sanitarias de la Nacion

Se planteó una contienda negativa de competencia entre la justicia laboral, la civil y el fuero contencioso administrativo federal por la reincorporación de un empleado de Obras Sanitarias de la Nación dada de baja. La Corte Suprema declaró competente al Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal nº 2, por la prioritaria relevancia del derecho administrativo en el caso.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 310:1555
Competencia contencioso administrativo federal Contienda negativa de competencia Obras sanitarias de la nacion Reincorporacion Derecho administrativo Estabilidad de los actos administrativos Invalidez del acto administrativo Dano moral Competencia federal Economia procesal

¿Quién es el actor?

Marcial Correa.

¿A quién se demanda?

Obras Sanitarias de la Nación (O.S.N.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reincorporación al cargo de Jefe de Establecimientos e Instalaciones Electromecánicas, con pago de salarios caídos y daño moral, en cumplimiento de la resolución nº 397/85 del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación, que hizo lugar al recurso de alzada del actor y declaró la invalidez de la resolución de O.S.N. nº 58.012 del 5 de abril de 1978 que lo dio de baja.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró competente al señor juez a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal nº 2 de la Capital Federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta evidente que la Cámara Nacional de Apelaciones del citado fuero excedió las facultades que le confiere el arto 24, inc. 7º, del decreto-ley 1285/58 al pretender declarar la competencia de un tercer magistrado que no intervino en el conflicto (Fallos: 289:56). Por otra parte, en lo que hace al fondo del asunto, al ser demandada una entidad nacional ('O.S.N.') para que dé cumplimiento a un acto emanado del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Nación de que surgiría la necesidad de reincorporar al actor, resulta clara la prioritaria relevancia que los aspectos propios del derecho administrativo asumen para la solución del caso, sin perjuicio de que puedan también llegar a aplicarse institutos del derecho común para aquellos aspectos relacionados con los reclamos resarcitorios formulados por aquél."

Del dictamen del Procurador Fiscal se cita: "al no aceptar la Justicia Laboral la decisión de la referida Sala 1 que ha declarado la incompetencia de los juzgados de su circuito para entender en la causa, se ha suscitado una contienda, que toca a V. E. resolver... a los fines de evitar una profusión de decisiones jurisdiccionales en torno al tema de la competencia, situación que va en desmedro del principio de economía procesal y del buen servicio de justicia, y que de perdurar, podría llegar a configurar un caso de privación jurisdiccional (Fallos: 306:1422)."

Asimismo: "los hechos relatados en el escrito inicial no excluyen prima facie el examen de normas y principios de derecho administrativo, como presupuesto básico de la pretensión deducida, sino que por el contrario conducen al mismo."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Illanes, Carlos H. c/Caja Nacional de Ahorro y Seguro s/cobro de pesosCSJN
  • Burgos, Jorge Alberto c/Frigocen S.A.I.C. s/laboralCSJN · 14/11/1988
  • Toyoshima, Joshiro c/Pesquera San Pedro S.A.CSJN · 04/02/1986
  • Fallos 307:1970CSJN
  • Fallos 289:56CSJN
  • Fallos 306:1422CSJN
  • Fallos 306:1056CSJN
  • Fallos 306:1591CSJN
  • Fallos 271:684CSJN

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