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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 8 - IMPUTADO: CABRERA, MIGUEL ANGEL s/INCIDENTE DE ESTIMULO EDUCATIVO

La defensa de Miguel Ángel Cabrera solicitó la aplicación del régimen de estímulo educativo previsto en el artículo 140 de la Ley 24.660 por los cursos aprobados durante el encierro. El Tribunal Oral Federal de Tucumán declaró aplicables las pautas del inciso A) del artículo 140 y redujo en un mes los plazos de progresividad del régimen penitenciario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE TUCUMAN
Fuero
FEDERAL DE TUCUMÁN
Jurisdicción
Federal · Tucuman
Expediente
FTU 003579/2024/TO01/8
Estimulo educativo Progresividad Regimen penitenciario Ejecucion penal Articulo 140 ley 24.660 Educacion en contexto de encierro Nivel secundario Reduccion de plazos Tribunal oral federal de tucuman.

¿Quién es el actor?

Defensa de Miguel Ángel Cabrera.

¿A quién se demanda?

No corresponde, al tratarse de un incidente de ejecución penal (Incidente Nº 8, expediente 3579/2024) promovido en favor del interno.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Aplicación del beneficio de estímulo educativo previsto en el artículo 140 de la Ley 24.660.

¿Qué se resolvió?

Se declararon aplicables las pautas del inciso A) del artículo 140 de la Ley 24.660 y se redujeron un total de un (1) mes los plazos para el avance en la progresividad del régimen penitenciario. El taller "El Juego y la Actividad Recreativa" no fue computado por no encuadrar en ningún inciso del artículo 140.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Tal extremo ha sido acreditado mediante informe oficial remitido por el Director del Servicio Penitenciario Provincial, el cual informa las conclusiones de la sección educación elevando lo actuado junto a la certificación de la Formación Profesional/educacional: 1) 2º Año del Nivel Secundario del año 2025 2) Taller 'El Juego y la Actividad Recreativa' (Art. 140 inc. b de la Ley 24 660). Acreditado, ciclo lectivo 2025."

"La normativa aludida no pretende modificar el titulo ejecutivo de condena, pues el cómputo de pena practicado oportunamente no resultaría modificado en sus extremos, sino reducir el tiempo exigido para el acceso a la distintas etapas de la progresividad penitenciario y a los beneficios inherentes a cada una de ellas."

"Siendo así, deviene procedente aplicar el inciso A) por el 2º Año del Nivel Secundario del año 2025' (1 mes), y en consecuencia, descontar un total de UN (1) meses, para el avance en la progresividad del régimen penitenciario."

"Cabe resaltar que el taller 'El Juego y la Actividad Recreativa'; no aplican a ningún inciso del articulo. 140 de la Ley N° 24.660, por lo que no se computa a esos fines."

Normas que cita

  • Ley 24.660arts. 140, 140 inc. A, 140 inc. b · Pena privativa de la libertad
  • Ley 26.695Ejecucion de la pena privativa de la libertad

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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