DURBAS, MARIA VIRGINIA c/ OSDE - ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS s/AMPARO LEY 16.986
La actora M V D promovió acción de amparo contra OSDE para obtener la cobertura integral de una intervención quirúrgica por diástasis de rectos abdominales y hernia umbilical. El Juzgado Federal de Comodoro Rivadavia hizo lugar parcialmente al amparo, ordenando la cobertura de la rafía de rectos abdominales y la hernioplastia umbilical, y rechazó la dermolipectomía, la liposucción y las sesiones de cámara hiperbárica por no resultar necesarias para la reparación.
¿Quién es el actor?
M V D, por derecho propio.
¿A quién se demanda?
Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobertura integral de la intervención de reparación de pared abdominal (rafía de rectos abdominales, hernioplastia umbilical, dermolipectomía y liposucción complementaria), honorarios, internación, medicamentos, materiales, cuidados postoperatorios y sesiones de cámara hiperbárica.
¿Qué se resolvió?
se hace lugar parcialmente al amparo y se ordena a OSDE otorgar la cobertura integral de la rafía de rectos abdominales, a través de prestadores de su cartilla; se rechaza la demanda en lo restante; las costas se imponen por su orden; se regulan honorarios de la parte actora y del apoderado de la demandada en la suma de $2.119.820 (20 UMA) cada uno.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Las ecografías de pared abdominal del 28/08/2023 y del 08/05/2026 documentan la existencia de una diástasis de rectos abdominales y una hernia umbilical. El estudio más reciente registra una separación de los músculos rectos de hasta 40 mm y una hernia umbilical con contenido graso."
"De la valoración conjunta de estos elementos surge que la diástasis abdominal de la actora no puede ser considerada una alteración meramente estética, pues existen antecedentes médicos que respaldan sus repercusiones funcionales y la indicación de tratamiento quirúrgico."
"En cambio, aunque la dermolipectomía y la liposucción pueden complementar la intervención propuesta, la prueba reunida no permite establecer que sean necesarias para reparar las patologías diagnosticadas."
"Por lo tanto, no corresponde imponer a OSDE la cobertura de esas prácticas por el solo hecho de que puedan resultar complementarias o convenientes dentro de la intervención propuesta."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalarts. 42, 75 inc. 22 · Constitucion nacional
- Ley 26.682art. 7 · Medicina prepaga
- Ley 16.986art. 8 · Amparo
- Ley 27.423arts. 16, 21, 48 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Resolución 201/2002
- CPCCNart. 71 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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