Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: GALEANO CALVO, DANIELA FERNANDA Y OTROS s/INFRACCION LEY 23.737
El Tribunal Oral Federal de Comodoro Rivadavia condenó a Yamil Emmanuel Domínguez a dos años de prisión de ejecución condicional y multa de $10.000 como partícipe secundario del delito de transporte de estupefacientes, en el marco de un juicio abreviado. El tribunal aprobó el acuerdo al considerar que la participación del imputado fue accesoria y subordinada a la de su coimputado, quien dirigía la operación.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Teodoro Nurnberg.
¿A quién se demanda?
Yamil Emmanuel Domínguez, representado por la Defensora Pública Oficial Coadyuvante, Dra. Alicia Turconi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Imputación por transporte de estupefacientes (art. 5 inc. "c" Ley 23.737), con calificación acordada como partícipe secundario (arts. 46 CP y 5 inc. "c" Ley 23.737). Se trasladaban 719 gramos de clorhidrato de cocaína ocultos en plantillas de calzado, en el Aeropuerto de Trelew con destino a Ushuaia.
¿Qué se resolvió?
Se aprobó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Domínguez a dos años de prisión de ejecución condicional, multa de $10.000 y costas, con reglas de conducta por dos años, caducidad registral y decomiso del teléfono y destrucción de la droga.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"…la participación de Yamil Emmanuel DOMÍNGUEZ, se limitó a cumplir las indicaciones en el traslado del estupefaciente de otro, quien dirigía la operación…" (surge del acuerdo, que el tribunal hace suyo).
"…la conducta del partícipe secundario consiste en prestar una colaboración accesoria, subordinada y no esencial a quien la lleva adelante."
"…la actuación de Domínguez se limitó al traslado de la sustancia estupefacientes… sin dominio funcional del hecho ni capacidad de decisión respecto de la planificación, dirección o ejecución material de la maniobra ilícita."
Respecto del juicio abreviado, el tribunal sostuvo que "cuando el acuerdo de juicio abreviado se encuentra debidamente fundado y satisface las exigencias previstas en el art. 431 bis del CPPN, corresponde admitirlo".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 23.737art. 5 inc. c · Modificacion al codigo penal
- CParts. 26, 27, 27 bis, 29 inc. 3°, 30, 40, 41, 46, 51 · Codigo penal
- CPPNarts. 398, 431 bis, 522, 523, 530, 531 · Codigo procesal penal
- Constitución Nacionalarts. 18, 75 inc. 22 · Constitucion nacional
- CADHart. 8 incs. 1 y 5
- PIDCPart. 14 inc. 1
Fallos que cita
- AmodioCSJN · Fallos 330:2658
- Vázquez César y otrosCFCP Sala II · 04/03/2021
- Fardini, Maximiliano RamónCFCP Sala II
- López, José AlbertoCFCP Sala IV · 05/04/2018
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.