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Primera Instancia

ARCA c/ MARTIN SURCHI ANGELA LOURDES s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

La ARCA promovió ejecución fiscal contra Angela Lourdes Martin Surchi por una deuda de $8.978.915,24 en concepto de tributos. El Juzgado Federal de Córdoba N° 2 declaró expedita la ejecución, habilitó su cobro hasta el pago íntegro del capital con intereses, e impuso las costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE CORDOBA 2
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 032892/2026
Ejecucion fiscal Intimacion de pago Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Inhibicion general de bienes Embargo bancario Imputacion de fondos Costas Honorarios administrativos Ley 11.683.

¿Quién es el actor?

ARCA (ex A.F.I.P.)

¿A quién se demanda?

MARTIN SURCHI ANGELA LOURDES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de la suma de $8.978.915,24 correspondiente a los conceptos de la boleta de deuda agregada en autos.

¿Qué se resolvió?

se declaró expedita la ejecución y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital con más intereses legales; se impusieron las costas a la demandada; se dispuso la inhibición general de bienes para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario; se dispuso que, de resultar positivo el embargo, la ejecutante solicite la imputación de fondos; y se encomendó a ARCA la liquidación de la deuda, con posibilidad de impugnación por la demandada en cinco días.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."

"Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad..."

"De igual manera, de resultar positivo el embargo bancario ordenado, el Representante del Fisco -dentro de los cinco días de quedar firme la presente-, deberá solicitar al Tribunal la imputación de los fondos a las respectivas cuentas recaudadoras, bajo su exclusiva responsabilidad."

Normas que cita

  • Ley 11.683art. 92 · Procedimiento fiscal
  • CPCCNarts. 68, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • 276/08
  • Acordada 6/14
  • Ley 8404 (Provincia De Cordoba)
  • Ley 6468 (Provincia De Cordoba)
  • Ley 9201 (Provincia De Cordoba)
  • Ley 9225 (Provincia De Cordoba)
  • Resolución 484/10
  • Resolución 157/09

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