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Tribunal Superior

F., S. E. C/ Y. E. A. S/ INCIDENTE

El recurrente interpuso un recurso de inaplicabilidad de ley contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que admitió un reclamo de compensación económica. El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos rechazó el recurso, sosteniendo que la interpretación de la caducidad fue correcta y ajustada a derecho.

Fecha de la sentencia
Tribunal
STJ - SALA II CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE ENTRE RIOS)
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE ENTRE RIOS)
Jurisdicción
Local · Entre Rios
Expediente
9567
Recurso de inaplicabilidad de ley Compensacion economica Caducidad Violencia de genero Derecho de accion Interpretacion normativa Honorarios profesionales Tribunal superior de justicia Camara de apelaciones Derecho familiar

¿Quién es el actor?

E. A. Y.

¿A quién se demanda?

S. E. F.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inaplicabilidad de ley respecto a la compensación económica tras el divorcio.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de inaplicabilidad de ley.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La interpretación que el recurrente opone a la del fallo... no se ajusta a lo que entiendo es una recta aplicación del precepto."

"La caducidad que prevé el art. 442 presupone que no hubo reclamo del derecho a la compensación económica en el divorcio."

"La solución desestimatoria del planteo de caducidad a la que arribó se sostiene en la recta hermenéutica del art. 442 del CCC."

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