POZZI, GRISELDA INES C/ OCAMPO ARNALDO ANDRES Y OTRA S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS
Griselda Inés Pozzi promovió un recurso de inaplicabilidad de ley contra la decisión de la Cámara de Apelaciones que revocó la extensión de condena a la aseguradora. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos hizo lugar al recurso, casando la resolución y dejando subsistente la condena a la aseguradora.
¿Quién es el actor?
Griselda Inés Pozzi
¿A quién se demanda?
Arnaldo Andrés Ocampo y La Segunda Cooperativa Limitada de Seguros Generales
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente el recurso de inaplicabilidad de ley, se casa la resolución de la Cámara y se deja subsistente la condena a la aseguradora.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La omisión de pronunciarse importa aceptación" (artículo 56 de la Ley de Seguros). La aseguradora no requirió información complementaria y su silencio se considera aceptación de cobertura. "El silencio importa aceptación de cobertura con anclaje en el contrato celebrado entre aquella y el demandado asegurado". La aseguradora no puede invocar en su favor las consecuencias de su propia inacción.
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