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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ SALERNO HECTOR ESTEBAN S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió ejecución fiscal de apremio contra Héctor Esteban Salerno por el cobro de un crédito de $1.147.372. El Tribunal, ante la falta de excepciones opuestas en tiempo, mandó llevar adelante la ejecución con intereses conforme el Código Fiscal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-34613-2026
Apremio provincial Ejecucion fiscal Falta de excepciones Llevar adelante la ejecucion Intereses codigo fiscal Art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Costas Preclusion Fisco de la provincia de buenos aires

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

SALERNO HECTOR ESTEBAN.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de un capital de $1.147.372,00 mediante proceso de apremio provincial.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal declaró perdido el derecho de la parte demandada a oponer excepciones, por vencimiento del plazo legal, y resolvió hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital, con más los intereses previstos en el art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Las costas se impusieron a la demandada vencida (art. 68 CPCC), difiriéndose la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"De conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor SALERNO HECTOR ESTEBAN haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado..."

"...con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC)..."

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