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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ARRAZOLA HECTOR ADRIAN S/ APREMIO PROVINCIAL

En el marco de un proceso de apremio provincial iniciado por el Fisco de la Provincia de Buenos Aires contra Héctor Adrián Arrazola, se presentó un acuerdo de pago para su homologación judicial. El Tribunal reconoció la firma del acuerdo, lo homologó conforme el art. 23 de la Ley 13.406, reguló honorarios a favor del letrado fiscal y ordenó el levantamiento del embargo trabado en la causa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - AZUL
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
1-18242
Apremio provincial Acuerdo de pago Homologacion Art. 23 ley 13.406 Honorarios fiscales Ley 14.967 Levantamiento de embargo Deuda fiscal Fisco de la provincia de buenos aires Ejecucion fiscal.

¿Quién es el actor?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires.

¿A quién se demanda?

Arrazola Hector Adrian.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de deuda fiscal provincial por la vía de apremio, cuya solución se canalizó mediante un acuerdo de pago.

¿Qué se resolvió?

Se tuvo por reconocida la firma del acuerdo de pago; se homologó el acuerdo con los alcances del art. 23 de la Ley 13.406; se tuvieron presentes los honorarios pactados a favor del letrado representante del Fisco, Silvia María Cerisola, por la suma de $159.696,00, conforme los arts. 22 de la Ley 13.406 (mod. por Ley 15.016, art. 2) y 2, 15, 16, 21, 22, 25 y 34 de la Ley 14.967, con más el aporte de la Ley 6.716; y se ordenó levantar, bajo exclusiva responsabilidad del apoderado fiscal, la medida cautelar de embargo trabada en autos, debiendo el oficio respectivo ser enviado a confronte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La resolución se limita a la parte dispositiva. El texto no contiene considerandos desarrollados; el único párrafo previo es el siguiente, transcripto textualmente: "1.- Agréguese la presentación en despacho, mediante la cual el representante del Fisco de la Provincia de Buenos Aires solicita la judicial homologación del acuerdo oportunamente presentado". Los fundamentos normativos surgen de las disposiciones citadas en el punto II y III de la parte resolutiva.

Normas que cita

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