TOME MIRTA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Los actores cuestionaron la tasa de interés y las modalidades de cumplimiento de sentencias de reajuste previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiendo a los precedentes Aguilar y Perletto.
¿Quién es el actor?
Mirta Noemí Tomé, Francisca Olga García, Settimio Naccarato, Leonardo Tullio y Laurelino Gerónimo Zambon (causas acumuladas).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes previsionales; cuestionamientos sobre la tasa de interés aplicable y sobre los plazos y modalidades de cumplimiento de las sentencias de reajuste (arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463).
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó las sentencias apeladas, con costas por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal considera que las cuestiones vinculadas con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente "Aguilar" (Fallos: 325:1185), a cuyos fundamentos y conclusiones remite. Asimismo, sostiene que los agravios relativos a la defensa de limitación de recursos, el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional resultan sustancialmente análogos a los resueltos en "Perletto" (Fallos: 325:98), a cuyos fundamentos y conclusiones también remite.
Cita textual: "Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Cita textual: "Que los agravios vinculados con la defensa de limitación de recursos, el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463), resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por este Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones, en lo pertinente cabe remitir."
No hubo votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- AguilarCSJN · Fallos 325:1185
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
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