VITTA LUIS ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario interpuesto por la ANSeS y confirmó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó recalcular el haber inicial y la movilidad de la jubilación de Luis Angel Vitta, pagando las diferencias devengadas. Remitió a los precedentes Torres Brizuela y Perletto para resolver los planteos de la demandada sobre el cálculo del haber y el plazo de cumplimiento.
¿Quién es el actor?
Luis Angel Vitta.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de la prestación jubilatoria (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedente el recurso ordinario de la demandada y confirmó la sentencia apelada, que había revocado el pronunciamiento de primera instancia, ordenado un nuevo cálculo del haber inicial y de su movilidad posterior, y el pago de las diferencias devengadas con posterioridad a la liquidación administrativa. Las costas se impusieron por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1°) Que contra la sentencia de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que, al revocar el pronunciamiento de primera instancia, dispuso que se realizara un nuevo cálculo del haber inicial de la jubilada y de su posterior movilidad, y ordenó el pago de las diferencias devengadas en los períodos posteriores a la liquidación practicada en sede administrativa, la demandada dedujo recurso ordinario de apelación que fue concedido y es formalmente admisible (art. 19, ley 24.463)."
"2°) Que los planteos de la apelante remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en el precedente de Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), cuyas consideraciones se dan por reproducidas."
"3°) Que las objeciones de la demandada relacionadas con el plazo de cumplimiento de la sentencia de reajuste resultan sustancialmente análogas a las resueltas en la causa publicada en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a la que cabe remitir."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
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