DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA c/ CASTELLO ROGELIO LUCIO s/EJECUCION FISCAL
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Dirección General Impositiva en una ejecución fiscal. Revocó el pronunciamiento recurrido en cuanto fue materia de agravios y ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que se dicte un nuevo pronunciamiento, remitiéndose a los fundamentos del precedente Frigorífico El Tala S.R.L. (D.112.XXIV, sentencia del 20/10/1992).
¿Quién es el actor?
Dirección General Impositiva (DGI).
¿A quién se demanda?
Rogelio Lucio Castello.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal (cobro de créditos fiscales por vía de ejecución). El expediente no detalla los montos ni los conceptos tributarios reclamados.
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca el pronunciamiento recurrido en cuanto ha sido materia de agravios. Los autos vuelven al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento. Costas por su orden en la forma impuesta (con costas).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las resueltas por esta Corte en la causa D.112.XXIV. 'Dirección General Impositiva c/ Frigorífico El Tala S.R.L.', sentencia del 20 de octubre de 1992, a cuyos fundamentos cabe remitirse en razón de brevedad."
"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se revoca el pronunciamiento recurrido, en cuanto ha sido materia de agravios; debiendo volver los autos al tribunal de origen para que, por quien corresponda, se dicte un nuevo pronunciamiento; con costas."
Nota: el fallo no desarrolla fundamentos propios; la solución se apoya íntegramente en el precedente citado. El texto recibido no incluye los fundamentos de "Frigorífico El Tala S.R.L.", por lo que el análisis sustantivo del agravio no puede reconstruirse a partir de esta sentencia.
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