CETTOUR FELICIANO RAMON c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un beneficiario de la seguridad social reclamó el reajuste de su haber previsional, y la Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas, aplicando el criterio de la tasa pasiva de interés fijado en el precedente Aguilar (Fallos: 325:1185) y desestimando los demás agravios del organismo.
¿Quién es el actor?
Feliciano Ramón Cettour (y, en los autos acumulados, Alberto Garbero y Francisco Latorre).
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (juicios de reajuste varios).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos del precedente "Aguilar". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los agravios de la ANSeS vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 325:1185 ('Aguilar'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que los restantes agravios del organismo previsional no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."
Nota: el fallo es breve y remite íntegramente a los fundamentos de "Aguilar" para la cuestión de la tasa de interés; no contiene votos en disidencia.
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- AguilarCSJN · Fallos 325:1185
- Fallos 325:1185CSJN
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