SEGATORI MARIA ANGELICA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS en el reclamo de reajuste por movilidad de María Angélica Segatori y revocó la sentencia en cuanto había declarado inconstitucional el art. 55 de la ley 18.037. Remitió en lo demás a precedentes de la Corte sobre el plazo de liquidación y la cuestión constitucional.
¿Quién es el actor?
María Angélica Segatori.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes por movilidad del haber previsional.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso ordinario y se revocó la sentencia apelada en cuanto declaraba la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037. Costas por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los planteos referentes al plazo previsto en la sentencia para que el organismo practique la liquidación ordenada, encuentran adecuada respuesta en Fallos: 324:1794 ('Gándara Fernández de Ruiz' -considerando 6°-), al que cabe remitirse en razón de brevedad."
"Que los agravios de la demandada vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 18.037, suscitan al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en la causa P.640.XXVI. 'Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles' con fecha 7 de abril de 1998, cuyos argumentos se dan por reproducidos."
Por ello, el Tribunal resolvió en los términos transcriptos en la parte resolutiva.
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Normas que cita
- Ley 18.037art. 55 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- Gándara Fernández de RuizCSJN · Fallos 324:1794
- Panizza, Alfredo José c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 07/04/1998
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