ARMELLINO NELIDA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la parte actora y admitió el recurso de la ANSeS, revocando la sentencia apelada en los términos de los precedentes Schiariti e Iglesias. La decisión se fundó en la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463 ya resuelta en dichos antecedentes y en la remisión a Pino respecto de la limitación de recursos del artículo 16.
¿Quién es el actor?
Nélida Armellino y otros (jubilados).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes del haber jubilatorio por movilidad y nueva determinación del haber inicial.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de la Seguridad Social había revocado parcialmente el fallo de primera instancia, ordenado un nuevo cálculo pericial del haber inicial y de la movilidad posterior, y declarado la inconstitucionalidad de los artículos 16, 22 y 23 de la ley 24.463. La Corte declaró desierto el recurso de la actora, admitió el de la ANSeS y revocó la sentencia apelada en el alcance surgido de "Schiariti" e "Iglesias". Las costas se impusieron por su orden (art. 21 de la ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Respecto del recurso de la actora: "el planteo de la jubilada relacionado con el hecho de que la intervención de los peritos contadores designados por la Corte producirá una grave demora en el cumplimiento de la decisión apelada no puede ser atendido ya que sólo expresa un agravio hipotético y no formula razones valederas que justifiquen una modificación del criterio adoptado por la alzada, lo que lleva a declarar la deserción del remedio intentado."
Respecto de la inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23: los agravios de la ANSeS "han sido analizados y resueltos en el precedente del Tribunal de Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y en la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."
Respecto de la limitación de recursos del artículo 16: la objeción "resulta sustancialmente análoga a la resuelta por esta Corte en la causa P.532.XXXVII. 'Pino, Gerardo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 22 de agosto de 2002, a la que cabe remitirse por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 19, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Schiariti, Oscar NicolásCSJN · Fallos 323:1861
- Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
- Pino, Gerardo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 22/08/2002
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