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Corte Suprema

DURAÑONA ALBERTO HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Alberto Horacio Durañona promovió demanda contra la ANSeS por reajustes varios de su haber previsional, cuestionando la constitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario de la ANSeS y revocó la sentencia apelada, con el alcance fijado en los precedentes Schiariti e Iglesias.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 1912. XXXVIII. ROR
Reajustes previsionales Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Articulos 22 y 23 ley 24.463 Prescripcion previsional Haber jubilatorio Anses Recurso ordinario Costas por su orden Precedentes schiariti e iglesias

¿Quién es el actor?

Alberto Horacio Durañona.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

La Corte declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y revocó la sentencia apelada en los términos de los precedentes "Schiariti" (Fallos: 323:1861) e "Iglesias" (causa I.110.XXXV). Las costas se impusieron por su orden, conforme al art. 21 de la ley 24.463.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1°) Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

"2°) Que los agravios de la demandada en materia de prescripción (art. 82 de la ley 18037), no guardan relación con lo resuelto por la Cámara, que en el punto se ajusta a la doctrina sentada por esta Corte en la causa D.37.XXXVII. 'Domínguez, Amparo Carmen c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 24 de abril de 2003, por lo que deben ser desestimados."

"3°) Que los restantes agravios de la ANSeS, guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyas conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 22, 23, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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