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Corte Suprema

NUÑEZ DE BANEGA OFELIA ADELA c/ CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE L A P.F.A. s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina en el reclamo de una pensionada por haberes previsionales. Confirmó la sentencia apelada por remisión a los fundamentos del Procurador General de la Nación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
N. 377. XXXVIII. REX
Recurso extraordinario Seguridad social Haberes previsionales Caja de retiros Jubilaciones y pensiones Policia federal argentina Personal militar y civil Fuerzas de seguridad Remision al dictamen del procurador general Confirmacion de sentencia Costas

Actor (quien demanda): Ofelia Adela Núñez de Banega.

¿A quién se demanda?

Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal Argentina (P.F.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo de haberes previsionales en el marco del régimen de personal militar y civil de las Fuerzas Armadas y de seguridad. El expediente es "Núñez de Banega, Ofelia Adela c/ Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la P.F.A. s/ personal militar y civil de las FF.AA. y de seguridad".

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas. La decisión se funda en remisión al dictamen del Procurador General de la Nación, a cuyos fundamentos y conclusiones la Corte se remite por razones de brevedad. Los agravios de la apelante fueron considerados objeto de adecuada apreciación en ese dictamen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios de la apelante han sido objeto de adecuada apreciación en el dictamen del Procurador General de la Nación, a cuyos fundamentos y conclusiones esta Corte se remite por razones de brevedad." "Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Procurador General, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas."

¿Cómo votaron los jueces?

no se consignan en el texto.

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