JurisprudenciaARG
Corte Suprema

COSENTINO JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó un nuevo cálculo de su haber jubilatorio por reajuste previsional, con planteos de inconstitucionalidad de las leyes 25.344 y 25.565 y de la aplicación del artículo 16 de la ley 24.463. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y confirmó la sentencia apelada, remitiendo a sus precedentes Perletto, Spitale y Torres Brizuela.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1558. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Haber inicial Recurso ordinario Confiscatoriedad Articulo 16 ley 24.463 Inconstitucionalidad leyes 25.344 y 25.565 Tasa de interes Cumplimiento de sentencia previsional Anses Costas.

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Cosentino.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste previsional (nuevo cálculo del haber inicial del titular).

¿Qué se resolvió?

la Corte confirmó la sentencia apelada. La Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social había confirmado la orden de un nuevo cálculo del haber inicial, revocado en cuanto al porcentaje de confiscatoriedad y rechazado los planteos de inconstitucionalidad de las leyes 25.344 y 25.565. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"2°) Que los planteos de la actora relacionados con el artículo 16 de la ley 24.463, encuentran adecuada respuesta en Fallos: 325:98 ("Perletto"), cuyas consideraciones se dan por reproducidas en razón de brevedad. Las cuestiones referentes a la inconstitucionalidad de las leyes 25.344 y 25.565 deben ser desestimadas, pues sus fundamentos han sido analizados en la sentencia de cámara y no fueron rebatidos mediante una crítica concreta y razonada."

"3°) Que los agravios de la demandada vinculados con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogos a los resueltos por este Tribunal en la causa citada, a cuyos fundamentos, en lo pertinente, cabe remitir."

"4°) Que las objeciones del organismo previsional referentes a la tasa de interés guardan sustancial analogía con las analizadas por esta Corte en la fecha en la causa "Spitale"(S.2767. L.38). Los restantes planteos suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela")."

Normas que cita

Fallos que cita

  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • SpitaleCSJN
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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