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Corte Suprema

GALLEGOS MIGUEL ESTEBAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Los beneficiarios promovieron reajustes de sus haberes previsionales frente a la ANSeS, cuestionando el régimen de limitación de recursos, el plazo de cumplimiento y la aplicación de la tabla anexa de la ley 24.463. La Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó las sentencias apeladas con el alcance fijado en el precedente Perletto, remitiendo también a Torres Brizuela para los restantes agravios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 60. XXXVIII. ROR
Reajuste previsional Limitacion de recursos Ley 24.463 Plazo de cumplimiento de sentencia Tabla anexa Anses Haberes previsionales Precedente perletto Precedente torres brizuela Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Miguel Esteban Gallegos (en la causa G.60.XXXVIII) y Luis Angel Arias (en la causa A.297.XXXVIII), acumuladas.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y confirmó las sentencias apeladas con el alcance fijado en "Perletto, Ricardo Alberto"; costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones que se suscitan en las presentes causas, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463), con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463) y con la aplicación de la tabla anexa de la ley 24.463, encuentran adecuada respuesta en el precedente de este Tribunal publicado en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los restantes agravios de la ANSeS suscitan cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por esta Corte en Fallos: 323:3135 ('Torres Brizuela'), a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

No hay votos en disidencia: la sentencia es unánime.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

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