ANGAROLA ALFREDO EDUARDO c/ AFIP-DGI Y/O EN s/AMPARO
La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por la AFIP-DGI en un amparo promovido por Alfredo Eduardo Angarola y revocó la sentencia apelada. La mayoría remitió a los fundamentos del Procurador Fiscal subrogante, mientras que el Dr. Zaffaroni votó en disidencia por la inadmisibilidad del recurso.
¿Quién es el actor?
Alfredo Eduardo Angarola.
¿A quién se demanda?
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) - Dirección General Impositiva (DGI) y/o Estado Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo promovido por el actor contra los organismos mencionados (el expediente no detalla en el texto transcripto la pretensión concreta ni el acto impugnado).
¿Qué se resolvió?
por mayoría, la Corte declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por la AFIP-DGI y revocó la sentencia apelada dictada por la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, con costas. El voto del Dr. Zaffaroni, en disidencia, consideró que el recurso era inadmisible en los términos del art. 280 del CPCCN y lo declaraba improcedente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas han sido adecuadamente tratadas en el dictamen del señor Procurador Fiscal, cuyos fundamentos el Tribunal comparte, y a los que corresponde remitirse a fin de evitar repeticiones innecesarias." (Voto de la mayoría.) Disidencia del Dr. Zaffaroni: "Que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
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Normas que cita
- CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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