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Corte Suprema

ZAPPONI RUBEN Y OTROS c/ CONSEJO NACIONAL DE EDUCACION TECNICA Y OTRO s/EMPLEO PUBLICO

Los actores reclamaron diferencias salariales para docentes del Consejo Nacional de Educación Técnica, con el objetivo de mantener la relación entre la hora de cátedra y el cargo de maestro de grado de enseñanza primaria. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia que había rechazado la demanda, remitiendo por razones de brevedad a los fundamentos del precedente Pazos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Z. 79. XXIX. REX
Empleo publico Diferencias salariales Docentes Consejo nacional de educacion tecnica Hora de catedra Maestro de grado Jornada simple Recurso extraordinario Remision a precedente Costas

¿Quién es el actor?

Ruben Zapponi y otros.

¿A quién se demanda?

Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET) y otro.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias salariales que resultan de mantener constante la relación existente entre la hora de cátedra y el cargo de maestro de grado de enseñanza primaria, de jornada simple, por un determinado período.

¿Qué se resolvió?

la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, al confirmar la sentencia de primera instancia y remitir al precedente "Bossio" (31/08/1993), rechazó la demanda. Contra ese pronunciamiento los actores dedujeron recurso extraordinario, que fue concedido. La Corte declaró procedente el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la cuestión planteada presenta sustancial analogía con la debatida y resuelta en la causa P.544.XXIX. 'Pazos, Eliana Beatriz c/ Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET) s/ juicio de conocimiento' fallada el 20 de abril de 1995, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad."

"Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se confirma la sentencia apelada. Con costas (art. 68, Código Procesal Civil y Comercial de la Nación). Acompáñese copia del precedente citado."

Nota: la sentencia no desarrolla fundamentos propios; los fundamentos son los del precedente "Pazos" al que se remite.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pazos, Eliana Beatriz c/ Consejo Nacional de Educación Técnica (CONET) s/ juicio de conocimientoCSJN · 20/04/1995
  • Bossio, Nicolás Francisco y otros c/ C.O.N.E.T. s/ juicio de conocimientoCNContAdmFed Sala I · 31/08/1993

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