BARCIA CELIA IRENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema confirmó la sentencia que reajustó el haber previsional de la actora, remitiendo a los precedentes Perletto y Spitale en materia de plazo, modalidades de cumplimiento y tasa pasiva de interés. Desestimó los restantes agravios de la ANSeS por no guardar relación con lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Celia Irene Barcia.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes previsionales (reajustes varios).
¿Qué se resolvió?
el Tribunal declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 1°: "la cuestión que se suscita en la presente causa, vinculada con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resulta sustancialmente análoga a la examinada y resuelta por el Tribunal en Fallos: 325:98 ('Perletto'), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."
Considerando 2°: "Que los agravios vinculados con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de esta Corte S.2767.XXXVIII. 'Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativa', fallado con fecha 14 de septiembre de 2004, al que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 3°: "Que los restantes agravios de la ANSeS no guardan relación con lo resuelto, por lo que deben ser desestimados."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- Spitale, Josefa c/ ANSeS s/ impugnación de resolución administrativaCSJN · 14/09/2004
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