JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GAIARDO MARCELINO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedente el recurso ordinario deducido por la ANSeS en el reclamo de reajuste previsional promovido por Marcelino Francisco Gaiardo. Confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en el precedente Perletto, con costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 1013. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Limitacion de recursos Ley 24.463 Cumplimiento de sentencia Liquidacion de diferencias Pago total y definitivo Anses Perletto Gallo

¿Quién es el actor?

Marcelino Francisco Gaiardo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes jubilatorios.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente el recurso ordinario y se confirmó la sentencia apelada con el alcance fijado en los considerandos del fallo "Perletto", con costas por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones que se suscitan en la presente causa, vinculadas con la defensa de limitación de recursos (arts. 16 y 17, ley 24.463), con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional (arts. 22 y 23, ley 24.463) y con la defensa de pago total y definitivo de todas las obligaciones del Estado con anterioridad al 31 de agosto de 1992, encuentran adecuada respuesta en el precedente del Tribunal publicado en Fallos: 325:98 ("Perletto"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitir, en lo pertinente, por razón de brevedad."

"Que los agravios de la ANSeS vinculados con la confección de la liquidación de las diferencias en los haberes jubilatorios por parte del actor, resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por la Corte en la causa G.55.XXXVII "Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 24 de octubre de 2002, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."

Se trata de un fallo unánime, sin votos en disidencia.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 17, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • Perletto, Ricardo AlbertoCSJN · Fallos 325:98
  • Gallo, Armando Bernabé c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 24/10/2002

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