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Corte Suprema

CROCE JUANA JOSEFINA c/ AFIP s/NULIDAD

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar al recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional y revocó la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza en la causa iniciada por Juana Josefina Croce contra la AFIP por nulidad. El tribunal remitió a los fundamentos del dictamen del Procurador Fiscal, compartidos por la mayoría.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1404. XXXIX. REX
Recurso extraordinario Fisco nacional Afip Nulidad Revocacion de sentencia Remision al dictamen del procurador fiscal Camara federal de apelaciones de mendoza Costas Corte suprema Procedencia del recurso.

¿Quién es el actor?

Juana Josefina Croce.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), representada por el Fisco Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

nulidad de un acto de la AFIP; el documento no transcribe el detalle del reclamo.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente el recurso extraordinario interpuesto por el Fisco Nacional y se revocó la sentencia recurrida en cuanto fue materia de agravios, con costas. La Ministra Highton de Nolasco votó en el mismo sentido, pero con reenvío de los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo conforme a lo resuelto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Esta Corte comparte y hace suyas las razones expuestas por el señor Procurador Fiscal en su dictamen, a las que cabe remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procurador Fiscal que antecede (con excepción de lo expuesto en el párrafo 4° del punto IVC) a los que cabe remitir, por ser suficientes para resolver la cuestión, en razón de brevedad."

El fallo no contiene fundamentación propia: la decisión se apoya íntegramente en el dictamen de la Procuración, que no se transcribe en el documento.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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