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Corte Suprema

CALISSE PUEBLA ALDO FRANCISCO c/ MINISTERIO DEL INTERIOR s/ART. 3° LEY 24.043

Aldo Francisco Calisse Puebla reclamó la reparación prevista por la ley 24.043 por haber estado detenido entre 1960 y 1961 durante la vigencia del estado de sitio. La Corte Suprema confirmó el rechazo de la pretensión, remitiéndose a los fundamentos de la causa Barrose, resuelta el mismo día.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1240. XXIX. REX
Ley 24.043 Reparacion monetaria tarifada Estado de sitio Detencion Tribunales militares Poder ejecutivo nacional Recurso extraordinario Confirmacion Remision a precedente Barrose

¿Quién es el actor?

Aldo Francisco Calisse Puebla.

¿A quién se demanda?

Ministerio del Interior (art. 3°, ley 24.043).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inclusión en el régimen de reparación monetaria tarifada de la ley 24.043 por una detención sufrida entre el 5 de julio de 1960 y el 5 de enero de 1961, que el actor atribuye a la vigencia del estado de sitio.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III) aclaró y amplió su decisión anterior, que había declarado abstracta la cuestión, y rechazó el recurso contra la resolución 418/93 del Ministerio del Interior, que había denegado el beneficio. La Corte Suprema declaró admisible el recurso extraordinario y confirmó la sentencia apelada, con costas por su orden en atención a las particularidades del litigio.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Dicha norma establece una reparación monetaria tarifada para las personas que 'durante la vigencia del estado de sitio hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, por decisión de éste, o que, siendo civiles, hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares...' (art. 1°)."

"Que las cuestiones debatidas en autos son sustancialmente idénticas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.381.XXIX. 'Barrose, Luis Alejandro c/ Ministerio del Interior -art. 3°, ley 24.043-', fallada en la fecha."

"Que en consecuencia corresponde remitirse a sus fundamentos y conclusiones a los fines de confirmar lo resuelto por el a quo en el sub lite."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Barrose, Luis Alejandro c/ Ministerio del InteriorCSJN

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